Adolfo Pastrán(*)
La aprobación de la Ley General de Telecomunicaciones Convergentes por parte de la Asamblea Nacional el año pasado, a solicitud de la Copresidencia de la República de Nicaragua y que en este año 2025 entró en vigencia, marca un hito fundamental en el desarrollo de nuestro país.
No se trata de una simple actualización técnica; es una profunda modernización de nuestro marco jurídico que responde a una realidad donde la comunicación es un derecho humano y un pilar de nuestro genuino modelo de desarrollo.
La nueva legislación es bien clara: la anterior Ley 200, aprobada en 1995, se había vuelto obsoleta, anacrónica e ineficaz ante la vertiginosa evolución tecnológica que vive el mundo. La nueva ley era y es, por tanto, necesaria e indispensable para que Nicaragua avance en sintonía con los nuevos paradigmas de la economía digital y la sociedad de la información, incluso, ante la nueva revolución tecnológica que representa la Inteligencia Artificial.
Esta ley no surge en el vacío. Se fundamenta en el éxito de un modelo que, en los últimos 18 años, ha transformado Nicaragua y el panorama de las comunicaciones.
En 2007 se recibió un país prácticamente incomunicado con una cobertura que apenas cubría al 52% del país. Hoy, las cifras demuestran el salto cuantitativo y cualitativo: pasamos de 1,5 millones de conexiones móviles a 7,5 millones, según cifras oficiales ofrecidas hace unos días por la directora general de TELCOR, Nahima Díaz.
Evolucionamos de una cobertura 2.5G al 88% de la 3G y el 80% de 4G LTE a nivel nacional, pero seguimos teniendo una brecha para cubrir todo el territorio nacional. El prepago sigue predominando en un 98% de todo el mercado, con 5,578,950 conexiones de internet fijo y móvil, 250,330 conexiones de telefonía fija o básica. Pasamos de 106 mil hogares con televisión por suscripción a 597,179 hogares y 45,337 kilómetros de fibra óptica instalados.
Entonces, esta nueva ley es el siguiente paso lógico para consolidar y expandir estos logros, poniendo -por primera vez- al consumidor en el centro de la regulación, con una mayor oferta de paquetes integrados (internet, telefonía, televisión) a precios más competitivos.
El pueblo consumidor es el protagonista
Un punto determinante y fundamental es la incorporación de un mecanismo de regulación experimental (Sandbox), que permite probar tecnologías emergentes en entornos controlados. Esto acelerará la llegada de 5G, fibra óptica avanzada y servicios satelitales a zonas rurales, beneficiando directamente a los usuarios que hoy sufren conexiones lentas, inexistentes y caras con ofertas engañosas. Los operadores deberán cumplir con obligaciones de cobertura universal, lo que implica que más comunidades tendrán acceso a internet de alta velocidad.
El Sandbox es una de las innovaciones estrella de la Ley General de Telecomunicaciones Convergentes y representa un salto cualitativo en la forma en que Nicaragua fomenta la innovación tecnológica sin sacrificar la protección al consumidor ni la estabilidad del mercado, permitiendo que nuevos operadores, startups, empresas tecnológicas o proveedores extranjeros puedan ofrecer servicios, productos o modelos de negocio innovadores en telecomunicaciones, bajo supervisión estricta de TELCOR.
Lo anterior incentivará a que nuevas empresas o inversionistas realicen conexiones de alta velocidad en zonas rurales con servicios rápidos, acelerando la digitalización del campo, la educación y la salud, lo que es relevante para los esfuerzos nacionales de reducción de la pobreza.
Y también es fundamental que la ley confiere a TELCOR un rol integral y proactivo, estructurado en facultades que van desde la planificación estratégica hasta la supervisión, con regulación eficiente, fomento de la inversión y defensa de los derechos de los usuarios o consumidores.
En esencia, TELCOR pasa de ser un ente administrativo a un motor de transformación, construyendo puentes hacia una Nicaragua conectada y próspera, un Regulador de Cuarta Generación, como lo ha denominado la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
El beneficio más tangible de esta ley es el fortalecimiento sin precedentes de los derechos de los usuarios. La ley adopta el principio fundamental “In dubio pro Usuario”, que quiere decir que, ante cualquier duda en la interpretación de la ley o de un contrato, se aplicará siempre la norma más favorable al consumidor. Cualquier cláusula que vulnere sus derechos se considerará nula.
Esto se traduce en beneficios directos y revolucionarios para el día a día de los nicaragüenses, como, por ejemplo, la libertad para elegir qué empresa le ofrece mejores beneficios y con quién quedarse. Se establece la Portabilidad Numérica. Los usuarios por fin serán dueños de su número de teléfono y podrán cambiar de compañía operadora, fija o móvil cuando lo deseen, sin perder sus contactos y fomentando una competencia real por la calidad del servicio, no como hasta hace pocos días que para seguir manteniendo el número telefónico el consumidor era obligado a hacer recargas telefónicas, es decir, sacar dinero extra de su bolsa.
Otro gran beneficio de la nueva ley es que no habrá más contratos abusivos al quedar expresamente prohibido obligar al usuario a adquirir servicios adicionales no solicitados, como ventas atadas. Se garantiza el derecho a cancelar el contrato en cualquier momento y se prohíben las cláusulas abusivas o de retención. Ya no se podrá obligar a pagar un contrato por varios años si el cliente no está satisfecho con el servicio.
Se estableció también justicia en la facturación: el usuario solo pagará por los servicios que ha recibido. Si existe un reclamo sobre la factura, el consumidor tendrá derecho a suspender el pago de la parte disputada mientras se resuelve. Y se obliga a los operadores telefónicos a compensación por fallas. Se acabó la resignación ante las caídas del servicio. La ley establece el derecho de los usuarios a recibir una compensación económica por parte del operador cuando el servicio se interrumpe, independientemente de la causa.
Una ley de verdadera inclusión social
La Ley de Telecomunicaciones Convergentes, si bien tiene muchos componentes técnicos razonables, igualmente tiene enorme compromiso de protección de los usuarios y consumidores, de acuerdo con el Plan Nacional de Lucha contra la Pobreza del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional.
Por primera vez, un título completo de la ley se dedica a las personas con discapacidades. Esto no es retórico; son obligaciones concretas. Las operadoras deberán ofrecer planes a precios preferenciales o gratuitos para usuarios con discapacidad. Garantizar atención preferente e intérpretes de lengua de señas nicaragüense. Asegurar que la televisión incluya subtítulos, audio y lengua de señas. Tener centros de atención y sitios web básicamente accesibles.
Asimismo, la ley fomenta el cierre de la brecha digital mediante la creación del Fondo para el Desarrollo de las Telecomunicaciones Convergentes (Fodetec). Este fondo financiará proyectos en zonas rurales, no atendidas o con desventajas económicas y representa un gran paso en la igualdad social.
Además, impulsará a las “Microtelcos” (Mipymes de telecomunicaciones) para que, con apoyo del fondo y extensiones, ayuden a masificar el despliegue de redes en todo el territorio nacional. Esto va a promover la competencia y la inclusión digital, creando oportunidades para que micro, pequeñas y medianas empresas participen en el mercado y evitará, sobre todas las cosas, los oligopolios o duopolios o dominios del mercado con prácticas monopólicas y anticompetitivas.
Y esto no solo diversifica la oferta, sino que reduce los costos al introducir nuevos actores que innoven con planes accesibles. Se introducen herramientas de planeación y gestión para garantizar una administración efectiva de los recursos públicos, lo que significa una mejor asignación del espectro radioeléctrico y, por ende, mayor velocidad y estabilidad en los servicios.
En un gesto de profundo respeto a nuestra identidad, la ley también garantiza el derecho a la interculturalidad: la información al usuario deberá estar disponible en español y en las lenguas autóctonas de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe. Esto marca nuevos hitos en la historia del país como un país indivisible.
Más competencia, mejores servicios
La ley resalta que la mejor forma de garantizar precios competitivos, calidad e innovaciones es fomentando una sana competencia. Para ello, simplifica la entrada de nuevos inversionistas en materia de telecomunicaciones y crea la figura de los “Operadores Virtuales”, lo que diversificará la oferta para los consumidores.
La nueva ley asegura que la tecnología llegue a todos los rincones del país, desde la Costa Caribe hasta los barrios más humildes del Pacífico. Para los consumidores, esto significa telefonía móvil de calidad, internet más rápido y barato, más opciones de operadores, servicios confiables y protegidos, acceso a la economía digital sin barreras.
La Ley General de Telecomunicaciones Convergentes es un instrumento moderno y profundamente social que sitúa a nuestro país a la vanguardia regulatoria, pero, sobre todo, protege a nuestro pueblo, garantiza la inclusión y convierte el acceso a la tecnología en una herramienta para el bienestar y la justicia social. Es, sin duda, una ley al servicio del pueblo.
La ley también beneficia a los operadores, porque se les está facilitando la tramitología que tienen que hacer con el ente regulador, sobre los nuevos entrantes al mercado, sobre la seguridad jurídica que les garantiza, con mayor claridad y mayor transparencia.
Esta ley es una victoria del pueblo nicaragüense. Demuestra que, con visión y la voluntad política del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, de los Copresidentes de la República, Comandante Daniel Ortega y Compañera Rosario Murillo, es posible transformar un sector estratégico en una herramienta de inclusión, progreso y bienestar, de beneficio mutuo y compartido, tanto para usuarios como para operadores telefónicos.
Ahora nos corresponde a los usuarios y consumidores, al pueblo nicaragüense, apropiarnos de esta ley, promoverla, defenderla, conocer sus normativas y exigir su plena aplicación.
* Diputado Asamblea Nacional.